Enfoque y alcance

Publicada desde 2006, la Revista Mexicana de Opinión Pública (RMOP) está dirigida a investigadores  tanto mexicanos como extranjeros, que estén interesados en presentar artículos que planteen preguntas de investigación y hallazgos relevantes en el campo de la opinión pública, el comportamiento político electoral y la comunicación política. La RMOP ha iniciado una nueva etapa en la cual se privilegiarán trabajos que  generen inferencias causales válidas a partir de diseños metodológicos robustos y sólida evidencia empírica.

Proceso de evaluación por pares

Los artículos se someterán a dictamen tipo “doble ciego”, el cual realizarán especialistas a través del sitio revistas.unam.mx, alojado en la plataforma Open Journal Systems (OJS): http://www.revistas.unam.mx/index.php/rmop/. Para ello, en la portada de los trabajos se omitirá el (los) nombre(s) de el (los) autor(es), con lo que se estará cuidando su anonimato durante el proceso dictaminador. Asimismo, en cada colaboración se agregará por separado una hoja independiente con el (los) nombres(s) de el (los) autor(es), título del trabajo, dirección y teléfono. Los especialistas que fungirán como dictaminadores serán, de preferencia, ajenos a la institución que publica la RMOP, es decir, ajenos a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Los especialistas dictaminadores tampoco podrán pertenecer a la misma institución a la que esté(n) adscrito(s) el(los) autor(es) del artículo.

Los especialistas dictaminadores, después de haber leído y analizado el artículo, completarán y desarrollarán, en el formato de dictaminación, los siguientes aspectos por evaluar:

            a) Relevancia temática y originalidad.

            b) Discusión de la materia y contribución para el avance de la disciplina.

            c) Consistencia y estructura de la exposición de objetivos.

            d) Orientación de la línea de argumentación (o bien de la evidencia empírica hacia la fundamentación de los planteamientos esenciales).

            e) Evaluación del uso y actualización de las fuentes.

            f) Correspondencia de la metodología con los objetivos de la investigación y/o de la reflexión teórica.

            g) Otras observaciones no comprendidas en los incisos anteriores.

 

FORMATO DE DICTAMEN

Título  del artículo:

Favor de marcar la opción que corresponda:


Publicable*

 

 

 

Publicable condicionado a cambios y sugerencias del dictamen**

 

 

 

No publicable en su estado actual. (Reenviar para una nueva 

 

dictaminación)***

 

 

No publicable ****

 

 

 

Fuera de la línea editorial de la revista ****

 

* En Open Journal Systems, este resultado equivale a la decisión “Aceptar envío”.

** En Open Journal Systems, este resultado equivale a la decisión “Se necesitan revisiones”.

*** En Open Journal Systems, este resultado equivale a la decisión “Reenviar para revisión”.

**** En Open Journal Systems, este resultado estaría comprendido en la decisión “Rechazar envío”.

 

Fecha de recepción del trabajo

 

 

 

 

Mes

Día

Año

Fecha del Dictamen

 

 

 

 

Mes

Día

Año

 


 Los  resultados del proceso de dictaminación “doble ciego” podrán ser los siguientes:

a)  Si ambos díctamenes son positivos (Publicable-Publicable), el artículo será publicable, siempre y cuando también cumpla con los lineamientos de la RMOP.

b) Si ambos dictámenes resultan ser Publicable condicionado a cambios y sugerencias del dictamen, el autor o autores deberá(n) atender todas las sugerencias del dictamen. Posteriormente, el artículo será enviado a cotejo, de preferencia con los dos especialistas que lo dictaminaron, para que puedan analizar y verificar si el autor o autores cumplieron con lo solicitado en el dictamen.

c) Si ambos dictámenes son negativos (No publicable-No publicable), o el artículo resulta dictaminado como Fuera de la línea editorial de la revista, el artículo no podrá ser publicado en ella y será considerado como rechazado.

d) En ocasiones, un artículo recibe un dictamen positivo y otro negativo, por lo que pueden ocurrir cualesquiera de las siguientes situaciones:

  • Se podría considerar el artículo como No publicable en su estado actual. Reenviar para una nueva dictaminación, de modo que el dictamen será enviado al autor o autores con el objeto de que, a partir de las sugerencias de los evaluadores, modifique(n) el artículo y éste sea sometido a un nuevo proceso de dictaminación.
  • En caso de que los dictámenes recibidos impliquen puntos de vista muy distintos, el artículo se enviará a un tercer evaluador, quien ayudará a definir, con su evaluación, el fallo final del proceso de dictaminación.

     Una vez que se reciben los dictámenes, el análisis de los casos donde se presentan contrastes o divergencias entre un dictaminador y otro (u otros), el coordinador del número, junto con dos o tres miembros del Consejo Editorial que estén apoyando el proceso de dictaminación en curso, se dará a la tarea de analizar los argumentos recibidos para elegir el fallo final y tomar la decisión de publicar o no dicho artículo.

     El proceso de evaluación dura apróximadamente 15 días hábiles a partir de la recepción del artículo. En caso de que éste necesite someterse a una nueva evaluación, se tendrán que considerar 7 días hábiles más a partir de que un nuevo especialista acepte participar en esta etapa del proceso de dictaminación.

     Después de que el (los) autor (es) envíe(n) su artículo con las modificaciones que los evaluadores les solicitaron, se considerarán otros 7 días hábiles para el cotejo del artículo.

     En caso de que la Revista Mexicana de Opinión Pública no reciba la segunda versión de un artículo con las modificaciones requeridas para que fuera enviado a cotejo (si el fallo fue Publicable condicionado a cambios y sugerencias del dictamen), o a un nuevo proceso de dictaminación (si el fallo fue No publicable en su estado actual. Reenviar para una nueva dictaminación), se le considerará como rechazado.

La Revista Mexicana de Opinión Pública eventualmente admitirá una propuesta de reseña de algún libro verdaderamente importante para el análisis y la reflexión sobre la opinión pública. Ésta también será sometida a un proceso de dictaminación ante, al menos, un especialista. De ser necesaria, la decisión sobre la pertinencia de su publicación recaerá en el Consejo Editorial. Los aspectos por evaluar son:

            a) Contenido de la reseña.

            b) Calidad de la reseña.

            c) Claridad y consistencia lógica.

            d) Redacción (cohesión y coherencia).

            e) Observaciones.

Formato de la RMOP para la dictaminación de una reseña

 

 

Excelente

Bueno

Suficiente

Deficiente

Contenido de la reseña

Se justifica la elección del libro reseñado debido a la actualidad y relevancia de éste en el campo de la opinión pública.

Se justifica la elección del libro reseñado por ser importante y aún actual en el campo de la opinión pública.

Se justifica la elección del libro reseñado por ser importante en el campo de la opinión pública; sin embargo, en la actualidad se pueden encontrar libros más relevantes.

No se justifica la elección del libro reseñado por ser éste poco actual e irrelevante, o por estar fuera de la editorial de la Revista Mexicana de Opinión Pública.

Calidad de la reseña

La reseña permite al lector formarse una idea completa del contenido del libro, dándole al lector la oportunidad de decidir si lo quiere revisar más a fondo. El reseñista cita y explica las ideas centrales, señalando la trascendencia y la importancia que éstas tienen en el campo de la opinión pública.

La reseña permite al lector formarse una idea suficiente del contenido del libro; en ella se identifica la mayor parte de las ideas de éste; se expone de manera escueta la trascendencia que estas ideas tienen el el campo de la opinión pública.

La reseña permite al lector formarse una idea somera del libro; en ella se mencionan algunas de las ideas de su contenido, y se presenta un comentario general del tema del libro reseñado.

La reseña no permite al lector formarse una idea del contenido del libro; presenta algunas ideas de éste mediante un resumen o una paráfrasis, pero con poca precisión.

Claridad y consistencia lógica de la reseña

El reseñista aborda el tema de manera clara, objetiva y equilibrada; maneja argumentos sólidos acerca de las ideas que identificó; incluye ejemplos que resultan claros y contundentes; ofrece de manera justificada información que va más allá del libro; además de las referencias en el caso de las citas, incluye todos  los datos bibliográficos del libro; presenta con claridad los puntos fuertes y las debilidades del libro. En conjunto, la reseña es de fácil seguimiento.

El reseñista aborda el tema de manera clara y objetiva; maneja argumentos correctos, aunque con alguna imprecisión o falla menor en la organización; incluye ejemplos claros; ofrece información relacionada únicamente con el libro; además de las referencias en el caso de las citas, incluye todos los datos bibliográficos del libro; no alude a los puntos fuertes ni a las debilidades del libro. En conjunto, la reseña requiere una mayor atención por parte del lector.

El reseñista aborda el tema empleando pocos argumentos sólidos o los maneja con cierta desorganización; incluye ejemplos que carecen de claridad y contundencia; demuestra cierta comprensión del tema del libro; omite elementos importantes de la obra reseñada; cita sólo algunas de las fuentes en que se apoyó, aunque incluye los datos bibliográficos del libro. En conjunto, la reseña requiere una reestructuración para que el lector no pierda interés en el libro.

El reseñista no aborda el tema de manera objetiva; maneja argumentos desorganizados y endebles; incluye ejemplos confusos e irrelevantes; demuestra escasa comprensión del tema del libro; omite elementos fundamentales de éste; incluye solamente los datos bibliográficos del libro reseñado y, si realiza alguna(s) cita(s), omite las referencias. En conjunto, la reseña requiere de parte del reseñista una verdadera comprensión del libro al que alude y una nueva redacción, a fin de que el lector siga considerando fiable a la Revista Mexicana de Opinión Pública.

Redacción (cohesión y coherencia)

El reseñista emplea con eficacia las estructuras gramaticales para expresarse con contundencia y fluidez; emplea un vocabulario correcto, preciso y amplio para hablar de temas relacionados con el campo de la opinión pública; utiliza adecuadamente conectores para describir y argumentar; articula lógicamente las distintas partes de la reseña, sin contradicción alguna. La ortografía del reseñista es excelente.

El reseñista emplea de forma correcta las estructuras gramaticales, aunque en algún momento la redacción resulte repetitiva o poco interesante; emplea un vocabulario correcto y útil para hablar de temas relacionados con el campo de la opinión pública; utiliza adecuadamente algunos conectores para describir y argumentar; articula lógicamente la mayor parte de la reseña: alguna de las partes queda desvinculada,  sin que por ello se produzcan contradicciones. La ortografía del reseñista es aceptable, aunque presenta algún descuido ortográfico.

El reseñista emplea de forma correcta la mayoría de las estructuras gramaticales; sin embargo, esto ya dificulta la comprensión de la reseña; no emplea vocabulario específico para hablar de temas relacionados con el campo de la opinión pública, o emplea de manera incorrecta algún término; articula lógicamente sólo algunas partes de la reseña y presenta contradicciones no graves. La ortografía del reseñista deja mucho que desear, pues contiene al menos dos errores ortográficos importantes.

El reseñista emplea de  manera incorrecta las estructuras gramaticales, lo cual impide la comprensión de la reseña; emplea de manera incorrecta más de una palabra y no incluye  términos relacionados con el campo de la opinión pública; presenta de manera desarticulada las partes que constituyen su reseña. La ortografía del reseñista es totalmente descuidada.

 

Frecuencia de publicación

Periodicidad de la revista: semestral

Política de acceso abierto

Esta revista provee acceso libre inmediato a su contenido bajo el principio de que hacer disponible gratuitamente investigación al publico apoya a un mayor intercambio de conocimiento global.

Director fundador

Fernando Castañeda Sabido. Doctor en Ciencias Sociales con especialidad en Sociología por El Colegio de México. Es profesor titular definitivo de tiempo completo en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en el área de sociología y pertenece del Sistema Nacional de Investigadores. Entre sus líneas de investigación destacan temas de Teoría Sociológica, Filosofía Política y Opinión Pública. Los libros de su autoría publicados recientemente (2012) son La lucha por la Opinión Pública en 2006 y, en el año 2004, La crisis de la sociología académica en México. Fundó, en 2005, la Revista Mexicana de Opinión Pública. Fue director de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México de 2008 a 2012 y de 2012 a 2016.

Centro de Estudios de Opinión Pública

Rodrigo Perera Ramos, coordinador

Diseño

Rosa María Díaz Álvarez (de la portada de la RMOP 1).
Ernesto Emiliano Morales Escartín (de portada e interiores, de la RMOP 6 en adelante).

Código de ética y declaración sobre negligencia

Responsabilidades o comportamiento del Comité Editorial

El Comité Editorial define y hace públicas las normas para la publicación de artículos en la revista.

  • Selecciona los textos que correspondan a la línea editorial de la revista y cumplan con los requisitos académicos indispensables de un artículo científico relacionado con la opinión pública.
  • Impulsa los estándares académicos y científicos de los contenidos de la revista.
  • Define los criterios de evaluación y los da a conocer a los autores.
  • Asegura el cumplimiento de los procesos de revisión (es decir, de dictaminación “doble ciego” o “por pares”), cuidando que los trabajos seleccionados sean dictaminados por dos o más especialistas en la materia abordada y manteniendo el anonimato tanto de autor(es) como de dictaminadores.
  • El Comité Editorial estará siempre dispuesto a justificar y a analizar cualquier controversia en el proceso de evaluación.

Responsabilidades o comportamiento del editor

El editor se responsabiliza por todo lo publicado en la revista. Deberá esforzarse por satisfacer las necesidades de los lectores y autores; por mejorar constantemente la revista; por asegurar la calidad del material que se publica; por llevar a cabo las acciones necesarias para elevar los estándares académicos y científicos de la revista. Por otra parte, el editor deberá estar dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas cuando sea necesario.

  • La decisión del editor de aceptar o rechazar un trabajo para su publicación debe estar basada únicamente en la importancia del artículo, la originalidad, la claridad y la pertinencia que el trabajo represente para la revista.
  • El editor se compromete a garantizar la confidencialidad del proceso de evaluación; no podrá revelar a los revisores la identidad de los autores. Tampoco podrá revelar la identidad de los revisores en ningún momento.
  • El editor es responsable de decidir qué artículos, a partir de los lineamientos de la revista y de los criterios establecidos para ello, pueden ser aceptados para su publicación en la revista, y el Comité Editorial tomará la decisión final acerca de los artículos que se publicarán.
  • El editor asume la responsabilidad de informar debidamente al autor la fase del proceso editorial en que se encuentra el texto, así como de las resoluciones del dictamen.
  • Un editor debe evaluar los manuscritos y su contenido intelectual sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, o la filosofía política de los autores.
  • El editor y cualquier miembro del equipo editorial no divulgarán ninguna información sobre un manuscrito enviado a cualquier persona que no sea el autor correspondiente, revisores, revisores potenciales u otros asesores editoriales.
  • Ninguno de los materiales inéditos dados a conocer en un texto enviado se utilizará en investigaciones personales del editor, sin el consentimiento expreso y por escrito del autor. La información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares serán confidenciales y no se utilizarán para obtener ventajas personales.
  • El editor debe tomar decisiones justas e imparciales y garantizar un proceso de revisión por pares justo y apropiado.

Responsabilidades de los autores

  • Los autores deben garantizar que sus manuscritos son producto de su trabajo original y que los datos han sido obtenidos de manera ética. Además, deben garantizar que sus trabajos no han sido previamente publicados o que no estén siendo considerados en otra publicación. Se considerará un trabajo como previamente publicado cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:

a)   cuando el texto completo haya sido publicado;

b)    cuando fragmentos extensos de materiales previamente publicados formen parte del texto enviado a la revista.

c)     cuando el trabajo sometido a la revista esté contenido en memorias publicadas in extenso.

  • Estos criterios se refieren a publicaciones previas en forma impresa o electrónica, y en cualquier idioma.
    • Para la publicación de sus trabajos, los autores deben seguir estrictamente las normas del Instructivo para colaboradores definidas por el Comité Editorial.
    • Los autores deben presentar una descripción precisa del trabajo realizado, así como una discusión objetiva de su importancia. Los datos subyacentes deben estar representados con precisión en el artículo. Un documento debe contener suficiente detalle y referencias para permitir a otros utilizar el trabajo. Las declaraciones fraudulentas o deliberadamente inexactas constituyen un comportamiento poco ético y son inaceptables.
    • Los autores deben asegurarse de que han escrito en su totalidad las obras originales, y si los autores han utilizado el trabajo y/o palabras de otros, éstas tienen que ser debidamente citadas. El plagio en todas sus formas constituye una conducta editorial no ética, y es inaceptable. En consecuencia, cualquier manuscrito que incurra en plagio será eliminado y no considerado para su publicación.
    • Un autor no deberá, en general, publicar los manuscritos que describen esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación primaria. La presentación del  mismo manuscrito a más de una revista constituye un comportamiento poco ético, y la publicación es inaceptable.
    • Las fuentes se deben reconocer adecuadamente. Los autores deben citar las publicaciones que han sido influyentes en la naturaleza del trabajo presentado. La información obtenida de forma privada, como en conversaciones, correspondencias o discusiones con terceros, no debe ser usada sin explícito permiso escrito de la fuente.
    • La autoría debe limitarse a aquellos que han hecho una contribución significativa a la concepción, diseño, ejecución o interpretación del estudio. Todos aquellos que han hecho contribuciones significativas deben aparecer como coautores. El o los  autores principales deben asegurar que todos los coautores sean incluidos en el artículo, y que todos han visto y aprobado la versión final del documento y han acordado su presentación para su publicación.
    • Todos los autores deben revelar en su manuscrito cualquier conflicto de fondo financiero u otro de interés que pudiera influir en los resultados o interpretación de su manuscrito. Todas las fuentes de apoyo financiero para el proyecto deben ser reveladas.
    • Cuando un autor descubra un error o inexactitud significativa en su  texto publicado, es su obligación notificar de inmediato al director de la revista o al Comité Editorial y cooperar con el editor para retractarse o corregir su trabajo.

Responsabilidades de los revisores

  • Los revisores se comprometen a notificar sobre cualquier conducta no ética de los autores y señalar toda la información que pueda ser motivo para rechazar la publicación de los artículos. Además, deben comprometerse a mantener de manera confidencial la información relacionada con los artículos que evalúan.
  • Para la revisión de los trabajos, los revisores deben contar con las directrices para realizar esta tarea. Dichas directrices deben ser proporcionadas por el editor y son las que deben considerar para la evaluación.
  • Todo revisor seleccionado debe notificar en el menor tiempo posible al editor si está calificado para revisar la investigación de un manuscrito o  si no está en la posibilidad de hacer la revisión. De lo contrario, puede sugerir a otro colega para participar en este proceso.
  • Cualquier manuscrito recibido para su revisión debe ser tratado como documento confidencial. No se debe mostrar o discutir con otros expertos, excepto con autorización del editor.
  • Los revisores se deben conducir de manera objetiva. Toda crítica personal al autor es inapropiada. Los revisores deben expresar sus puntos de vista con claridad y con argumentos válidos.
  • Toda información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares deben ser confidenciales y no se utilizarán para obtener ventajas personales.
  • Los revisores no deben evaluar los manuscritos en los que tienen conflictos de intereses.
  • El editor estará en constante comunicación con los revisores durante el proceso de dictaminación de los artículos.

 

Índices a los que pertenece la RMOP

La Revista Mexicana de Opinión Pública se encuentra indizada en el Catálogo de Revistas Científicas y Arbitradas 2010, en la dirección web www.catalogoderevistas.unam.mx; también ha sido incluida tanto en el Directorio como en el Catálogo del Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex), cuya dirección para la base de datos de la versión impresa es: http://www.latindex.org./buscador/ficRev.html?opcion=1&folio=18597, y cuya dirección para base de datos de la versión en línea es: http://www.latindex.org/latindex/ficha?folio=18597 . La RMOP también también se encuentra indizada en la base de datos bibliográfica CLASE (Citas Latinoamericanas en Ciencias Sociales y Humanidades) y en Biblat (Bibliografía Latinoamericana, en Revistas de Investigación Científica y Social). Desde diciembre de 2016, fue aceptada en la colección de coleciones SciELO (Scientific Electronic Library Online), cuya dirección con la RMOP en línea es http://www.scielo.org.mx/scielo.php script=sci_serial&pid=2448-4911. Se halla también con registros en SciELO Citation Index e incluida en las base de datos del Sistema de Clasificación de Revistas Mexicanas de Ciencia y Teconología como revista de competenica internacional desde septiembre de 2018, en la dirección  http://www.revistascytconacyt.mx/busqueda/res/Revista%20mexicana%20de%20opini%C3%B3n. En el año de 2019, la Revista Mexicana de Opinión Pública ingresó a la Red de Revistas Científicas de América Latina y el Caribe, España y Portugal (Redalyc), en el sitio  https://www.redalyc.org/revista.oa?id=4874&tipo=coleccion.

Datos legales

Revista Mexicana de Opinión Pública es una publicación semestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México a través de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Circuito Mario de la Cueva, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, delegación Coyoacán, Ciudad de México, México. Tel: (0052+55) 56-22-94-70, ext. 84227; http://www.revistas.unam.mx/index.php/rmop; rmop@politicas.unam.mx. Editora responsable: Mtra. Martha Ordaz. Número de Certificado de Licitud de Título: 13597. Número de Certificado de Licitud de Contenido: 11170. Número de Reserva al Título en Derechos de Autor: 04-2007-071110140000-102. Distribución de la versión impresa a cargo de la Dirección General de Fomento Editorial, Av. IMAN, núm. 5, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, alcaldía Coyoacán, México, D.F. ISSN 2448-4911. Responsable de la última actualización de este número: Mtra. Martha Ordaz. Circuito Mario de la Cueva, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, México. La versión impresa se realizó en Impresos Albatros, calle José T. Cuéllar, núm. 52-3, col. Obrera, C.P. 06800, Ciudad de México. Fecha de última modificación: 2 de febrero 2022.

 

Formato de carta de Declaración de originalidad

Asunto: Declaración de originalidad

del artículo escrito y enviado a la RMOP

 

 LIC. CUAUHTÉMOC HUGO CONTRERAS LAMADRID

DIRECTOR GENERAL

INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, INDAUTOR

SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

GOBIERNO FEDERAL

 

Por medio de esta comunicación se certifica que el/la (los/las) abajo firmante(s) soy (somos) autor/a (es/as) original(es) del trabajo que se intitula ______________________________________________ y se presenta para su posible edición y publicación por la Revista Mexicana de Opinión Pública, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Asimismo, hago (hacemos) constar que el contenido presentado es producto de mi (nuestra) contribución intelectual y que en la forma y contenido en que aquí se presenta no está siendo postulado de manera paralela a ningún otro espacio editorial para su posible publicación.

Como autor/a (es/as) del trabajo que se postula, estoy (estamos) consciente (s) de que la Revista Mexicana de Opinión Pública y su Consejo Editorial, como parte de sus lineamientos, requieren la obligatoria aprobación de arbitraje académico conocido como revisión por pares, en su modalidad doble ciego, para la posible incorporación de un texto a la revista, y que el resultado de dicho dictamen es inapelable.

Avalo (avalamos) que todos los datos y las referencias a materiales ya publicados están debidamente identificados con su respectivo crédito e incluidos en las notas bibliográficas y en las citas que se destacan como tales y, en los casos que así lo requieran, cuento (contamos) con las debidas autorizaciones de quienes poseen los derechos patrimoniales. Por lo anterior, declaro (declaramos) que todos los materiales que se presentan están totalmente libres de derecho de autor y, por lo tanto, me (nos) hago (hacemos) responsable (s) de cualquier litigio o reclamación relacionada con derechos de propiedad intelectual, exonerando de toda responsabilidad a la Revista Mexicana de Opinión Pública, a la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y a la Universidad Nacional Autónoma de México.

Para constancia de lo expuesto, se firma esta declaración a los  ____ días, _____del mes de __________________ del año _____ en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en Ciudad Universitaria.

                                                                                                                                                           

Nombre(s) del/de la autor/a (es/as)

Firma(s)

Formato de contrato de Cesión de derechos

CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS

Contrato de cesión de derechos que celebran por una parte, la Universidad Nacional Autónoma de México, a la que en lo sucesivo se le denominará "la UNAM", representada en este acto por la Dra. Carola García Calderón, en su carácter de Directora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, y por la otra (nombre del(os) autor(es) del artículo), a quienes en lo sucesivo se le designará "el/la, los/las cedente/es", al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:

 

 

D E C L A R A C I O N E S

 

I. Declara  "La UNAM":

 

1. Que es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, tiene entre sus fines impartir educación superior, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

2. Que la representación legal de esta Máxima Casa de Estudios recae en el Rector, Dr.  Enrique Graue Wiechers, quien es el Jefe nato de la Universidad, según lo dispuesto en los artículos 9º de la Ley Orgánica y 30 del Estatuto General, teniendo conforme a la fracción I del artículo 34 del mismo Estatuto, facultades para delegarla.

3. Que tiene atribuciones para editar o coeditar las obras de los autores que crea convenientes y las investigaciones realizadas por su personal académico que reúnan los requisitos académicos y administrativos correspondientes, así como para reeditar las obras publicadas por ella y que se encuentren agotadas.

4. Que como parte de su organización académico-administrativa cuenta con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, quien cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento y cuyo titular es la Dra. Carola García Calderón.

5. Que la Dra. Carola García Calderón, en su carácter de Directora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, tiene atribuciones para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el punto décimo del Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, expedido por el Rector y publicado en la Gaceta unam el 5 de septiembre de 2011.

*Señalar el punto Segundo del Acuerdo citado, cuando se trate de los Secretarios General y Administrativo; así como del Secretario de Servicios a la Comunidad Universitaria y coordinadores de la Investigación Científica, Humanidades y Difusión Cultural; y el punto Décimo, en caso de los titulares de entidades y dependencias universitarias.

6. Conocer la obra titulada (título del artículo).

7. Que para el cumplimiento del presente instrumento, señala como domicilio el edificio G en donde se encuentran las instalaciones de la Dirección la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, de la unam ubicado en Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, México, D.F., 04510.

 

8. Que para los efectos legales derivados de este contrato, señala como su domicilio legal el ubicado en el 9º piso de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, México, Distrito Federal.

 

II. Declara  "el/la, los/las cedente/es":

1. Ser persona(s) física(s), en pleno ejercicio de sus derechos civiles y debidamente inscrita(s) en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el(los) registro(s) número(s)(escribir el R.F.C.), o su equivalente en el país de origen.

2. Ser de nacionalidad (escribir la(s) nacionalidad/es de, de la, de los, de las cedente/es), originario/a/os/as de la(s) Ciudad(es) de (ciudad y estado) que se identifica(n) con (escribir con cuál documento oficial se identifican y anexarlo en pdf).

3. Que actualmente se dedica(n) a: (ocupación).

4. Que es(son) autor/a/es/as y titular de los derechos patrimoniales de la obra titulada (título del artículo), objeto de este contrato, por lo cual libera a “LA UNAM” de toda responsabilidad presente o futura que pudiera surgir con motivo de la presente cesión y que pudiera afectar intereses de terceros.

5. Que para los efectos legales derivados del presente contrato, señala(n) como domicilio(s) el(los) ubicado(s) en (calle, número, colonia, delegación, c.p. y estado).

 

III. Declaran  las partes:

Único. Reconocerse la personalidad con que comparecen y estar de acuerdo con las declaraciones que anteceden, por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente documento al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

                                                   

Primera. Las partes acuerdan que el objeto de este contrato es la cesión o transmisión de los derechos patrimoniales a título oneroso de la obra titulada (título del artículo), por un monto de tres ejemplares del número de la revista.

Segunda. "El/la, los/las cedente/es" se compromete(n) a entregar en este acto el archivo electrónico en formato word de la obra (titulo del artículo).

Tercera. "El/la, los/las cedente/es" no podrá(n) divulgar ni reproducir por ningún medio la obra objeto de este contrato, sin previa autorización por parte de la Revista Mexicana de Opinión Pública.

Cuarta. "La UNAM" se compromete, a través de este instrumento, a respetar todos los derechos de autor establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor en sus artículos 18, 19 y demás aplicables en la materia.

Quinta. "La UNAM" se compromete a entregar al (a la, a los, a las) autor/a/es/as de la obra objeto de este contrato 3 ejemplares por el número de la revista donde se publique el artículo.

Sexta. Las partes acuerdan que el presente contrato tendrá una vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de su publicación, de conformidad con el artículo 43** de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

**(Nota: utilizar el artículo 43 solamente en caso de obra literaria y el art. 33 para cualquier otro tipo de obra, excepto para los programas de cómputo, para los cuales se debe utilizar el artículo 103).

Séptima. "La UNAM" se compromete a efectuar los trámites necesarios ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor para el registro correspondiente de la obra objeto de este contrato.

Octava. "La UNAM" se compromete, a través de su Dirección General de Asuntos Jurídicos, a inscribir el presente instrumento en el Registro Público del Instituto Nacional del Derecho de Autor, en cumplimiento a lo dispuesto por la ley de la materia.

Novena. Ambas partes acuerdan que no será imputable a ninguna de ellas cualquier responsabilidad derivada de caso fortuito, fuerza mayor o paro de labores académicas-administrativas, manifestando asimismo, que las obligaciones y derechos establecidos en este contrato podrán reanudarse en el momento en que desaparezcan las causas que dieron motivo para la suspensión, siempre y cuando se trate de los casos previstos en esta cláusula.

Décima. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, así como a las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor, en el Código Civil Federal vigente y demás aplicables al caso, por lo que renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su valor y contenido legal, lo firman por (NÚMERO DE EJEMPLARES CON FIRMAS AUTÓGRAFAS), al calce de la última hoja y al margen de las anteriores, en la Ciudad Universitaria, de la Ciudad de México, a los (especificar el día con letra) días del mes de (mes correspondiente) de (año correspondiente).

POR  "LA UNAM"

"EL/LA, LOS/LAS  CEDENTE/ES"

 

 

 

 

 

Dra. Carola García Calderón

Directora de la Facultad de

Ciencias Políticas y Sociales

UNAM

NOMBRE/S


  
 

 

Gratuidad para la publicación y lectura de los artículos

La RMOP no cobra por ninguna de las tareas académico-editoriales que realiza o se llevan a cabo a través de ella. Ni la dictaminación ni la corrección de estilo, ni la publicación de los artículos o cualquier otro contenido conllevan algún costo para el(los) autor(es).

La lectura en línea de cualquiera de los artículos y otros trabajos que publica la revista es gratuita. 

Tasa de rechazo de artículos

El porcentaje de rechazo de las propuestas editoriales recibidas por la RMOP fue de 42% para el número 30; de 73% para el número 31, y de 52% para el número actual, el 32, correspondiente al semestre enero - junio de 2022.

Día de publicación de cada número de la RMOP

La Revista Mexicana de Opinión Pública publica el 1 de enero de cada año, el número correspondiente al primer semestre, y el 1 de julio, el que corresponde al segundo semestre. Siempres se realiza la publicación a las 00:00 horas de los mencionados días.

 

 

Empleo de software para verificar la originalidad y autenticidad de los artículos

Los trabajos enviados a la Revista Mexicana de Opinión Pública deberán ser inéditos y el (los) autor(es) se compromete(n) a no someterlos simultáneamente a la consideración de otras publicaciones. No se devolverán los originales.

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Gratuidad para el envío de los artículos

La RMOP no cobra por el envío de los artículos a la Revista. El envío de los artículos y otros trabajos a la Revista Mexicana de Opinión Pública desde cualquier país es gratuito.

Historial de la revista

La Revista Mexicana de Opinión Pública surgió en 2005 a partir de una iniciativa del doctor Fernando Castañeda, coordinador,  en ese entonces, del Centro de Estudios de Opinión Pública de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, y del maestro Ricardo de la Peña, presidente del Consejo de Investigadores de Opinión Pública; el primer número se publicó en abril de 2006. Entre los autores que han escrito en la RMOP destacan algunos de los principales encuestadores de nuestro país: Alejandro Moreno, Ricardo de la Peña, Daniel Lund y Edmundo Berumen, y varios académicos de la, cuya materia de estudio es la opinión pública, como Fernando Castaños, Rodrigo Jokisch y Fernando Castañeda. A través del tiempo, se han sumado, al grupo de quienes han colaborado con la RMOP, investigadores y especialistas de otras instituciones educativas del país y del extranjero, así como otros profesionales dedicados a la opinión pública.