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Los censos poblacionales son una de las bases para la creación de políticas públicas,
dichos ejercicios estadísticos van desde el conteo de cuántas personas hay en todo
el territorio nacional -como los censos poblacionales que se realizan cada 10 años
o los inter-censos cada cinco años-, incluyendo nacimientos, defunciones y movimientos
migratorios. Con ellos, también se pueden obtener estimaciones y estadísticas sobre
ocupación y empleo -como la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, con la cual se
puede dar un vistazo a los niveles de formalidad e informalidad, así como edades en
las cuales la población se inserta al ámbito laboral-, hasta pirámides poblacionales
y características específicas de los grupos por edad, entre otros elementos.
¿Pero, qué sucede cuando hay factores y características fundamentales de la población
residente de México que no se toman en cuenta? Un ejemplo de ello es la población
trans.
Han existido pocos y recientes ejercicios con los cuales se ha buscado recabar información
acerca de dicha población en nuestro país. Uno de ellos es la Encuesta sobre Discriminación
por Motivos de Orientación sexual e Identidad de género (ENDOSIG), realizada por el
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), en 2018.1 En donde se tomó en cuenta a personas de 16 años o más que residen en México; aunado
a lo anterior y tomando en cuenta la información del portal de Internet de la institución,
este ejercicio se realizó con el fin de conocer las experiencias de discriminación,
exclusión y violencia sufridos por la población LGBTQ+ desde el núcleo familiar, social,
así como en instancias gubernamentales y privadas que brindan servicios médicos, escolares,
servicios mercantiles no financieros y financieros, por mencionar algunos.
La información presentada por CONAPRED en el 2018 muestra una diferencia en los resultados
a lo largo del territorio nacional. En este sentido, la muestra fue de 12,331 personas,
de las cuales el 44.2%, es decir, aproximadamente 5,450 personas residen en la Ciudad
de México y el Estado de México. Lo anterior corresponde a que la mayor parte de quienes
respondieron la encuesta se enteró a través de redes sociales, por lo cual existe
una exclusión de aplicación para quienes no tienen acceso fácilmente a Internet y
a los medios de comunicación masiva como las redes sociales. Por otro lado, el 12.92%
representa población transmasculina, transfemenina y personas con otra identidad de
género no normativa, tal como se puede ver en la Gráfica 1. Sin embargo, podría considerarse no haberse tomado en cuenta la posibilidad de las
interseccionalidades que existen dentro de la población -puede haber personas no cisgénero
con orientación sexual no normativa, por ejemplo, hombres trans gay y bisexuales-,
ya que en los resultados generales no se muestran dichas intersecciones.
Gráfica 1
Personas con orientación sexual e identidad de género y su distribución porcentual
(2018)*
* Los datos toman en cuenta a población de 16 a 60 años y más.
Fuente: Elaboración propia con datos de CONAPRED, ENDOSIG 2018.
Otro aspecto para destacar de este ejercicio es que quienes lo respondieron fueron
mayoritariamente personas con una orientación sexual no normativa más que personas
con identidad de género no normativa. Por otro lado, se puede dar un vistazo a la
distribución de la población trans en México con acceso a Internet. Como se puede
apreciar en la Gráfica 2, la mayor presencia de hombres y mujeres trans, así como de personas con otra identidad
de género no normativa se encuentra presente en la zona centro del país, y si se desagregan
los datos, se regresa al mismo punto: la encuesta llega a ser inaccesible para toda
la población LGBTIQ+ que no tiene acceso a un dispositivo móvil o equipo de cómputo
con acceso a Internet, y al ser un ejercicio por medio del auto reporte no logra tener
un alcance mayor, consiguiendo respuestas altas en algunos estados y menor índice
de respuestas en otros. Por lo mismo, estados como la Ciudad de México y el Estado
de México terminan dándole un peso importante a la región centro del país, representando
un total de 501 y 104 personas trans, respectivamente; en tanto la región norte-occidente,
representada por Baja California Sur, Sinaloa, Nayarit, Durango y Zacatecas, obtienen,
en conjunto, únicamente 63 respuestas, siendo la región con menos alcance de personas
trans.
Gráfica 2
Distribución de población trans en México por región.
Fuente: Elaboración propia con datos de CONAPRED, ENDOSIG 2018.
La ENDOSIG cubre aspectos de violencia tomados en cuenta de forma recurrente cuando
se trabaja con población trans. Empero, esta no solo viene por el hecho de ser parte
de una población con una identidad de género no normativa, como se mencionó anteriormente,
se suele olvidar la interseccionalidad que atraviesa a las personas, por lo cual,
hablar sobre violencia sin hablar sobre violencia interseccional es dejar de lado,
en términos de Salem (2014), que ser parte de la población trans es una característica más y no la única fuente
de violencia hacia el sujeto. Es decir, aquella violencia que discrimina y vulnera
en distintos ámbitos (político, social, cultural y de la toma de decisiones económicas)
debido a motivos como raza, orientación sexual, identidad de género, posición social
y económica, por mencionar algunos. En este sentido, la población trans en México
ha sido fuertemente vulnerada de forma interseccionalizada e histórica en la toma
de decisiones de política pública y en materia de derechos humanos básicos; en primer
lugar, debido a una ineficiente e inexistente ley nacional de reconocimiento a la
identidad de género. En México se reconoce la identidad de género únicamente en 18
entidades federativas: Ciudad de México (CDMX) desde 2008 y sin juicio desde 2015;
en Nayarit y Michoacán desde 2017; en Coahuila desde 2018; San Luis Potosí, Hidalgo,
Oaxaca, Tlaxcala, Colima y Chihuahua desde 2019; Sonora, Jalisco y Quintana Roo desde
2020; Puebla, Estado de México (Edomex), Baja California Sur y Morelos desde 2021;
para finalizar con Baja California Norte y Sinaloa al momento del 2022.
La implicación de que una población específica sea reconocida por poco más de la mitad
de las entidades totales lleva a que el mismo sector de individuos localizados fuera
de estos espacios tenga que movilizarse, principalmente a la CDMX, por temas legales,
de empleo, acceso a la salud en clínicas especializadas del sector público y privado,
bienestar, entre otros. En la CDMX, se encuentra ubicado el registro primario civil
de la población, lo cual facilita, a quienes deciden y tienen posibilidad económica
de moverse, de cambiar sus papeles en la capital; empero, dicho proceso, aunque sea
exitoso, no mantiene necesariamente un resguardo del acta primigenia en su estado
de origen, lo cual, a la larga, puede atraer problemas de doble identidad debido a
la falta de reconocimiento de identidad de género en su estado de procedencia mientras
su estado no apruebe la ley de identidad.
El que la población trans no tenga la posibilidad de tener documentos oficiales, sumado
al rechazo y violencia -física, psicológica, económica, por mencionar solo algunas-
vivida en el entorno familiar y/o social próximo, significa y obliga en muchos casos
a la deserción escolar, la pérdida de trabajo o incluso la imposibilidad de encontrar
uno de forma estable y con derechos laborales mínimos, representando también la pérdida
de estabilidad económica. Otro aspecto en el que dicha población se ve marginada es
en el sector salud, aunque la Organización de la Salud considera el acceso a la misma
como “uno de los derechos fundamentales de todo ser humano” (OMS 2017). El acceso a derechos en materia de salud es mínimo debido a la falta de claridad
en cuanto a protocolos aplicados para la atención médica a la población trans; un
ejemplo de lo anterior es el que se vive en el Instituto Mexicano del Seguro Social
(IMSS): aunque existe un protocolo de cambio y actualización de documentos para los
derechohabientes, el proceso es tardado y confuso debido a que los propios funcionarios
no siempre tienen claridad de cómo se lleva a cabo dicho proceso. Asimismo, existen
pocas clínicas públicas especializadas en atención a esta población. Tres ejemplos
conocidos del sector público se encuentran en la CDMX: las primeras dos llamadas Condesa
y Condesa Iztapalapa y la tercera llamada Unidad de Salud Integral para Personas Trans
(USIPT). Aunque el servicio se centra en la atención a la población trans, principalmente
en áreas de psicología y servicios generales, la principal área de atención es la
endocrinóloga, donde se llevan a cabo los tratamientos de remplazo hormonal; empero,
dichas clínicas no se dan abasto con el servicio -principalmente las dos primeras,
por ello se creó e inauguró la USIPT, en noviembre del 2021-, por lo cual se suman
a la problemática del sector salud en México respecto a la saturación, ineficiencia,
falta de atención y desabasto de medicamentos y de hormonas usadas para el tratamiento
hormonal. Dicho desabasto se ha profundizado durante la emergencia sanitaria por el
Covid-19 y la ahora llamada postpandemia.
Por otro lado, el ejercicio más reciente de conteo a población LGBTIQ+ fue llevado
a cabo por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), por medio de
la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021, misma que
se llevó a cabo del 23 de agosto del 2021 al 16 de enero del 2022, por medio de tres
etapas, y cuyo objetivo fue identificar a la población de 15 años y más que se auto
reconoce dentro de la población LGBTI+ según el portal del INEGI. Para ello, usaron
como base la existencia de los 97.2 millones de personas que pertenecen a la población
de 15 años y más (INEGI, Censo 2020), de las cuales, según estimaciones hechas en
la ENDOSIG, aproximadamente 5.1 millones de personas pertenecen a la población LGBTIQ+.
Aunque la muestra total de la ENDISEG 2021 fue mayor a la ENDOSIG 2018, a la hora
de trabajar con los datos da una menor perspectiva pensando únicamente en población
trans, pues no existe una clara visión de la distribución de esta población en el
territorio nacional y mucho menos un claro entendimiento por parte de quienes construyeron
la metodología y el cuestionario aplicado. En este sentido, dentro del marco conceptual
usado para crear la encuesta aplicada dentro de las tres etapas de la ENDISEG, pareciera
que existe una claridad para manejar el tema y la interseccionalidad así como necesidades
de la población LGBTIQ+, sin embargo, al momento de ahondar dentro de los tabulados
básicos y en la sección de caracterización de la población, existen cuadros donde
se caracteriza por “sexo asignado al nacer según la identidad de género auto declarada”,
es decir, aunque la población trans dentro de este rubro del cuestionario declaró
una identidad de género no normativa, igualmente los resultados se clasifican por
sexo asignado al nacer para diferenciar a la población como “hombre o mujer” ignorando
el hecho de que se está acotando también a población no binaria. Aunado a lo anterior,
dentro de los resultados presentados es difícil diferenciar el número absoluto y porcentual
de habitantes trans por estado o región -a diferencia de la ENDOSIG, donde en los
resultados se puede rescatar la información de forma precisa-, pues los datos y mapas
utilizados tanto en la conferencia de prensa como en la presentación de resultados
aglomeran las orientaciones sexuales y las identidades de género en conjunto y no
como dos características que pueden converger como no hacerlo dentro de las características
de la población en general.
Se puede decir que la necesidad de creación de un instrumento que contabilice específicamente
a la población trans sería en apariencia una necesidad primaria. Empero, la realidad
reside en que dentro de los censos poblacionales se debe anexar como una posible característica,
no solo la etapa adulta sino también la niñez y la adolescencia. La importancia de
agregar la característica de ser parte de la población trans a los cuestionarios de
censo poblacional no solo serviría para ver la distribución de esta población en el
territorio mexicano, sino que, con base en ello, se podrían generar e implementar,
en primera instancia una ley nacional que reconozca la identidad de género tanto binaria
como no binaria -no normativa-, y, en segundo lugar, políticas públicas que luchen
contra las brechas y vulnerabilidades sociales, económicas y en ámbitos de derecho
al acceso a la salud integral, educación y/o laboral.
Hablar de crear censos poblacionales que consideren la identidad de género como una
característica posible y convergente con otras de la población es reconocer su existencia
dentro del territorio nacional, posibilitando la creación de leyes para su protección.
Aunque el alcance de este trabajo no da pie a la propuesta de un instrumento que contemple
a la población trans, sí inicia la discusión para su inserción en los censos poblacionales,
así como a las mesas de trabajo que consideren a personas trans expertas en el tema,
como lo pueden ser lxs economistas trans.