La Constitución y el Derecho Aéreo. Apuntes propedéuticos sobre la Cláusula Aeronáutica en la Constitución Argentina

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Griselda D. Capaldo

Resumen

 

 Desde los albores de la aviación se ha discutido si es el gobierno central, o bien si son las unidades territoriales en que esté dividido un Estado, quienes tienen la potestad de regular las cuestiones que emergen de la aviación civil y se asocian con la misma. La respuesta a este dilema debiera estar plasmada en la Constitución Nacional. El hecho de que la aviación haya nacido, en ciertos países, un siglo y medio después de sancionadas sus Leyes Fundamentales, explica en parte la ausencia de su regulación, como sucede con la falta de cláusulas aeronáuticas en la Constitución argentina. Dilucidar cómo han de distribuirse las competencias legislativas y reglamentarias entre el gobierno federal y los gobiernos provinciales, será el eje central de este trabajo.

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Cómo citar
Capaldo, G. D. (2017). La Constitución y el Derecho Aéreo. Apuntes propedéuticos sobre la Cláusula Aeronáutica en la Constitución Argentina. Revista De La Facultad De Derecho De México, 67(267), 57–94. https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2017.267.58891
Biografía del autor/a

Griselda D. Capaldo, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires e Investigadora Principal del CONICET

 

 Investigadora Principal del CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas), con lugar de trabajo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales A. L. Gioja, de la UBA (sede Facultad de Derecho). Profesor Titular de Derecho de la Navegación, Universidad de Buenos Aires (UBA) – Facultad de Derecho. Buenos Aires, Argentina.