Sobre la revista
Enfoque y alcance
La Revista de la Facultad de Derecho de México (UNAM) surgió en 1951 al convertirse la Escuela Nacional de Jurisprudencia en Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, desde ese año es su órgano editorial. Dicha publicación es continuación de de la Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia cuyo origen data de 1939. Su propósito es dar a conocer los productos de la investigación jurídica nacional e internacional a todos los interesados en el estudio del Derecho. Su contenido incluye artículos, análisis de legislación y de jurisprudencia, así como reseñas. Los artículos se publican previo dictamen doble ciego, realizados por una cartera de árbitros nacionales y extranjeros especialistas en las distintas disciplinas jurídicas. La Revista admite para su publicación artículos en español, inglés, italiano, francés, alemán y portugués, tiene un formato en versión impresa y a partir de 2017 inicia una nueva etapa en su versión electrónica con una periodicidad cuatrimestral, es decir, se editan 3 números anuales de forma continuada (enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre). Su financiamiento se logra en parte por la venta de suscripciones y el resto es cubierto por la Facultad de Derecho de la UNAM.
Proceso de evaluación por pares
Para publicar un artículo en la Revista se requiere que previamente haya sido aprobado por dictámenes de académicos nacionales e internacionales. El arbitraje es externo y doble ciego, incluyendo como instancia responsable de la decisión final al equipo editorial de la Revista. En dicho sentido, los dictámenes para considerar la aprobación o no aprobación de los artículos se basan en los siguientes criterios:
Podrán publicarse todos los artículos que reciban dos dictámenes positivos.
Se rechazarán los artículos que reciban dos dictámenes negativos.
En los casos de artículos con un dictamen positivo y uno negativo se designará un dictaminador para que resuelva la contradicción, de tal suerte que si su dictamen es positivo, se publicará el artículo, de lo contrario no se publicará.
Los artículos que reciban un dictamen positivo sujeto a correcciones darán lugar a pedir al autor del artículo que atienda las mismas.
Política de acceso abierto
Esta Revista es de acceso libre a su contenido bajo el principio de hacer disponible gratuitamente la investigación al público y de coadyuvar a un mayor intercambio de conocimiento global.
Cuando el lector utilice información de alguno de los trabajos de investigación publicados por la Revista, debe citar adecuadamente la fuente con su respectivo DOI.
Código de Ética de la Revista de la Facultad de Derecho de México (Hexálogo)
La Universidad Nacional Autónoma de México a través de su Código de Ética establece los principios y reglas éticas que regirán en el ámbito universitario. Dicho ordenamiento tiene como prioridad el compromiso con la excelencia y la integridad profesional, de tal forma que a la letra dice: “La integridad y honestidad son principios del quehacer universitario. Por ello, todos los miembros de la comunidad académica deben apegarse en todas sus actividades al rigor académico en la búsqueda, ejercicio, construcción y transmisión del conocimiento, así como ser honestos sobre el origen y las fuentes de la información que empleen, generen o difundan”. En este sentido, el Código de Ética de la Revista de la Facultad de Derecho de México se desprende de las reglas y lineamientos del ordenamiento universitario antes citado.
PRIMERO. El presente Código será aplicable única y exclusivamente a la Revista de la Facultad de Derecho de México, editada por la Facultad de Derecho de la UNAM, y deberán tenerlo presente quienes participen en la elaboración, recepción, arbitraje, corrección y publicación de los trabajos que aparecen en sus páginas.
SEGUNDO. La Revista de la Facultad de Derecho de México se guiará por los siguientes principios:
a) Respeto. El respeto implica la conciencia de la diversidad y el desarrollo de la tolerancia así como el reconocimiento de la responsabilidad entendida como la aceptación de las consecuencias resultado de las decisiones tomadas.
b) Libertad de expresión. Ejercer la libertad de expresión de quienes pretendan publicar en la Revista.
c) Integridad académica. Implica que las actividades relativas a la publicación de la Revista se practiquen de manera honesta en cuanto a las fuentes de información consultadas evitando cualquier plagio en detrimento de los derechos de sus autores.
d) Confidencialidad. Requiere que todas las personas involucradas en el proceso editorial de la Revista preserven el secreto y reserva de toda la información que conozcan en el ejercicio del trabajo. Se debe garantizar la confidencialidad en el proceso de evaluación, por lo que las identidades de los autores y de los dictaminadores estarán protegidas. Del mismo modo, los materiales inéditos serán protegidos y su uso será discrecional para evitar cualquier uso indebido de los mismos en detrimento de los derechos de su autor.
e) Transparencia. El autor podrá conocer de los procesos editoriales de su trabajo apegado al presente código y a los Criterios Editoriales de la Revista.
TERCERO. La Revista tendrá como finalidad:
Fomentar y difundir el pensamiento jurídico de autores, así como la legislación y jurisprudencia del país y el extranjero con apego a los principios ético de la Revista.
CUARTO. La Revista se sujetará a sus Criterios Editoriales que están en vigor, los que serán publicados en cada número de la Revista.
QUINTO. Los dictaminadores de la Revista deberán emitir sus dictámenes de manera imparcial, objetivo y razonado en relación a los textos que se sometan a su escrutinio académico. Como actúan en un esquema doble ciego y dadas las características del texto a dictaminar, si se presumiera la identidad del autor, el dictaminador se conducirá con honestidad y avisará a la Revista si existe algún conflicto de intereses. Si existe conflicto de intereses, el dictaminador tendrá que excusarse de su labor.
SEXTO. Para el caso de que se verifique por parte del equipo editorial plagio en el texto de un autor, no se publicará el artículo en cuestión y, en caso de haberse publicado por pasar desapercibido, no se volverá a publicar artículo de dicho autor. En ambos casos, se le notificará al interesado.
Para el caso de los dictaminadores, de no emitir su dictamen dentro del plazo convenido, no se le volverá a solicitar dictamen de artículo en el término de un año.
Sistemas de indización (Indexing systems)
La Revista de la Facultad de Derecho de México está inscrita en los siguientes índices:
Base de datos del sistema de clasificación de revistas mexicanas de ciencia y tecnología.
Directorio del Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal y Catalogo (versión 2.0)
Directorio de Citas Latinoamericanas en Ciencias Sociales y Humanidades.
Base de datos bibliográfica de Humanidades y Ciencias Sociales de la UNAM, en acceso para consulta abierta.
Bibliografía Latinoamericana en Revistas de Investigación Científica y Social.
Criterios Editoriales (Editorial Criteria)
1. Los artículos que se publiquen en la Revista deberán ser originales e inéditos, presentados en idioma español, inglés, francés, italiano, portugués y alemán con una extensión mínima de quince cuartillas y máxima de veinte cuartillas incluyendo la bibliografía, en Arial 12, a espacio y medio; sin espacios ni medios espacios adicionales entre párrafos. Los textos se escribirán por un solo autor (no se admiten textos en coautoría) y deben capturarse en el procesador de textos Word.
2. Cada texto deberá ir encabezado por título en español e inglés, nombre del autor, resumen de hasta 200 palabras y cinco palabras clave, con sus respectivas traducciones al inglés como abstract y keywords, respectivamente. A pie de página incluirá los siguientes datos: institución donde obtuvo el título o grado, institución donde labora, cargo que desempeña, correo electrónico y código ORCID. En un máximo de cinco renglones señalar los aspectos más relevantes del currículum vitae.
3. Se sugiere que el trabajo contenga, introducción, hipótesis, metodología, resultados de la investigación o desarrollo de la reflexión, conclusiones, referencias bibliohemerográficas y cibergráficas, en las notas a pie de página es necesario poner el dato del DOI si lo contiene el libro consultado.
4. Las notas a pie de página se deberán ajustar a los siguientes modelos:
1 Kelsen, Hans, La garantía jurisdiccional de la Constitución (La justicia constitucional), trad. de Rolando Tamayo y Salmorán, México, IIJ-UNAM, 1974, p. 21.
2 Bobbio, Norberto, “De la ideología democrática a los procedimientos universales”, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México, nueva serie, año xxxv, núm. 103, enero-abril de 2002, p. 309.
3 Kelsen, Hans, op. cit., p. 27.
4 Idem.
5 Ibidem, p. 33.
5. Los artículos recibidos que en principio satisfagan los señalados requisitos, se someterán a dictamen doble ciego. Los dictámenes fundamentarán debidamente si el artículo es susceptible de publicación, con o sin correcciones, o bien, si se rechaza. En caso de que se sugieran cambios, el autor tendrá dos semanas
para realizar los cambios necesarios.
6. Los trabajos deberán ser enviados a la siguiente dirección: de la plataforma OJS: < http://www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/login>, se recibirán de manera excepcional los articulos en el correo electrónico: <revista@derecho.unam.mx>. o en las oficinas de la Revista de la Facultad de Derecho de México, ubicada en Facultad de Derecho de la UNAM, Av. Universidad núm. 3000, Col. Universidad Nacional Autónoma de México, C.U., Del. Coyoacán, C.P. 04510, México, D.F., teléfono: fax (52) (55) 56-22-20-53.
7. El envío de un trabajo para publicación implica la cesión de los derechos por parte del autor a la Revista de la Facultad de Derecho de México, por lo que el artículo aprobado para su publicación, ya no requiere de refrendo de dicha cesión.
8. La Revista no publicará más de un artículo de un mismo autor en cada número.
9. Dictaminado favorablemente un artículo ya no puede ser modificado por el autor.
Ithenticate
La Revista de la Facultad de Derecho de México utiliza el Sofware Antiplagio iThenticate, (Base de datos que incluye numerosas revistas científicas y sitios web) para verificar que los trabajos presentados en este órgano editorial sean originales y que las fuentes utilizadas en ellos estén referenciadas correctamente.
Historial de la revista
En 1922 los alumnos de la Escuela Nacional de Jurisprudencia publicaron la Revista de Ciencias Sociales, misma que apareció de forma irregular y que por problemas financieros desapareció en 1931. En 1933 nació la revista JUS debido al interés de los estudiantes por contar con una revista, pero sólo se logró el primer número. En 1936 reapareció la Revista de Ciencias Sociales por un corto tiempo más.
La actual Revista de la Facultad de Derecho de México tiene como antecedente directo a la Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia que se publicó ininterrumpidamente de 1939 a 1950.
Con estos antecedentes, la entonces Escuela Nacional de Jurisprudencia de la Universidad Nacional Autónoma de México se lanzó a la tarea editorial de ofrecer a los estudiosos del derecho la Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia concebida para ser expresión calificada del pensamiento jurídico. En ella, eminentes profesores expusieron opiniones, puntos de vista y criterios –muchos de ellos pioneros y originales- en torno a diversos temas de derecho, legislativos, de ética profesional, o de enseñanza jurídica y también sobre cuestiones de interés general que interesaban al país. Así, el primer número correspondió al bimestre enero-febrero 1939. En 1950 el Consejo Universitario aprobó por unanimidad la transformación de la Escuela Nacional de Jurisprudencia en Facultad de Derecho, cambio trascendente que se reflejó en la modificación de su denominación, ya que el Consejo Editorial de la Revista dispuso el cambio de nombre a Revista de la Facultad de Derecho de México y publicó como tal su primer número en enero-junio de 1951, desde entonces y hasta el 2018, la Revista pasó por diferentes épocas durante las cuales y en cada una de ellas ha logrado crecer significativamente bajo la conducción de los siguientes directores: Dr. Luis Recasens Siches, Dr. Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, Lic. Salvador Laborde, Dr. Fernando Flores García, Dr. Sergio García Ramírez, Dr. Rolando Tamayo y Salmorán, Dr. Lorenzo Córdoba Vianello, Dr. Eduardo Luis Feher Trenschiner y actualmente Dr. Jorge Fernández Ruiz.
In 1922 the students of the National School of Jurisprudence published the Journal of Social Sciences, which appeared irregularly and due to financial problems disappeared in 1931. In 1933 the JUS was born thanks to the students' interest in having a Journal, but only the first number was achieved. The Journal of Social Sciences reappeared in 1933 for a short time.
The current Journal of the Faculty of Law of Mexico has as its direct antecedent the Journal of the National School of Jurisprudence that was published uninterruptedly from 1939 to 1950.