ENTRE EL MULTILATERALISMO Y EL REGIONALISMO

Contenido principal del artículo

Rodolfo Cancino Gómez

Resumen

 En el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1947 se establece una excepción al principio de no discriminación materializada en el artículo XXIV, que faculta la suscripción de Tratados o Acuerdos Comerciales Regionales (ACR), siempre que no constituyan obstáculos comerciales a terceros países no miembros de esos tratados, los cuales bajo la perspectiva de la OMC son instrumentos que completan y fortalecen el sistema multilateral. Mediante la pulverización del principio de no discriminación, se ha dado una fragmentación del orden jurídico internacional, que ha propiciado una dispersión de competencias, donde coexisten interacciones y jurisdicciones convergentes y concurrentes en temas comerciales paralelos.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Cómo citar
Cancino Gómez, R. (2017). ENTRE EL MULTILATERALISMO Y EL REGIONALISMO. Revista De La Facultad De Derecho De México, 65(263), 103–127. https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2015.263.59639
Biografía del autor/a

Rodolfo Cancino Gómez, Facultad de Derecho de la UNAM.

Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM