CUANDO LOS JUECES VEN FANTASMAS (O ¿POR QUÉ NO SE RESOLVIÓ EL CASO “OPERACIÓN TRIUNFO VS LA ACADEMIA”?)

Contenido principal del artículo

Eduardo de la Parra Trujillo

Resumen

LA JUSTICIA constitucional en México, por el momento, nos ha quedado a deber, sobre todo en materia de derechos fundamentales. Abundan los ejemplos que nos demuestran que, en términos generales, nuestros tribunales todavía están lejos de un sistema garantista, como por ejemplo el famoso caso Witz (al que se bautizó como el del “poeta maldito”), la jurisprudencia sobre la prohibición de control difuso de la constitucionalidad, así como otro caso que nos tocó vivir de cerca y en donde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) convalidó una norma jurídica abiertamente discriminatoria, por sólo mencionar algunos ejemplos.
El caso que ahora se comenta puede sumarse a esa lista de desafortunadas resoluciones dictadas por nuestros órganos de control de la constitucionalidad.
Muchos pueden ver este asunto como un “ladrillo más en la pared”, pero resulta conveniente analizarlo no sólo por las importantes reflexiones que de él se pueden desprender, sino porque de seguirse este criterio por parte de nuestros más altos tribunales, se consolidaría y generalizaría una violación del derecho fundamental de acceso a la justicia.
Este estudio pretende compartir algunos puntos de vista que pueden ser tomados en cuenta en el futuro antes de dictar una resolución como la que continuación se estudia, y que evidentemente no fueron considerados al resolver el caso que ahora se glosa. Además, nos da la oportunidad de generar un trabajo dentro de lo que denominamos “análisis constitucional de la Propiedad Intelectual”.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Cómo citar
de la Parra Trujillo, E. (2017). CUANDO LOS JUECES VEN FANTASMAS (O ¿POR QUÉ NO SE RESOLVIÓ EL CASO “OPERACIÓN TRIUNFO VS LA ACADEMIA”?). Revista De La Facultad De Derecho De México, 57(248), 371–400. https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2007.248.61514